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La Autoridad Fiscal Federal de los EAU ha emitido la Decisión n.º 6 de 2026, por la que se introducen procedimientos de conformidad adicionales para las Personas de Zonas Francas Cualificadas que realicen actividades de distribución cualificadas.

Si bien la Decisión no modifica la aplicabilidad del régimen del 0 % del Impuesto sobre Sociedades para las rentas de distribución cualificadas, introduce un nuevo requisito de información que las empresas afectadas deben cumplir a fin de respaldar su derecho al tratamiento fiscal preferencial.

¿Qué cambios se introducen?

Bajo el nuevo marco, las Personas de Zonas Francas Cualificadas (QFZP, por sus siglas en inglés) que realicen actividades de distribución cualificadas deberán obtener un Informe de Procedimientos Acordados (AUP, por sus siglas en inglés) elaborado por un auditor independiente.

El objetivo de dicho informe es verificar el cumplimiento de las condiciones aplicables a las actividades de distribución cualificadas, incluidos los requisitos de cualificación de los clientes y el movimiento de mercancías a través de una Zona Designada. El auditor deberá aplicar los procedimientos específicos prescritos por la Autoridad Fiscal Federal (FTA, por sus siglas en inglés) y emitir un informe basado en sus conclusiones.

Esto representa una obligación de conformidad adicional para las empresas que pretendan beneficiarse del tipo del 0 % del Impuesto sobre Sociedades sobre las rentas de distribución cualificadas.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo requisito?

Las nuevas normas se aplicarán a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2026.

Por consiguiente, los contribuyentes cuyos períodos de declaración coincidan con el año natural deberán cumplir por primera vez con estos requisitos respecto del ejercicio fiscal que finaliza el 31 de diciembre de 2026.

Aunque la primera obligación de declaración pueda parecer lejana, las empresas deben aprovechar el ejercicio 2026 para evaluar si su documentación actual y sus procesos operativos les permitirán cumplir de manera eficiente con los nuevos requisitos.

Una nueva obligación de presentación

El Informe de Procedimientos Acordados (AUP) debe presentarse ante la FTA en el plazo de un mes a partir de la fecha de vencimiento de la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente, a menos que la Autoridad especifique un plazo diferente.

Esto genera, de forma efectiva, una obligación de conformidad posterior a la presentación para los contribuyentes afectados, la cual debe incorporarse a los calendarios anuales de cumplimiento fiscal y a los procedimientos de gobernanza corporativa.

No respaldar adecuadamente las actividades de distribución cualificadas puede poner en riesgo el acceso del contribuyente a los beneficios del Impuesto sobre Sociedades de la Zona Franca.

¿Qué deben hacer las empresas ahora?

Las empresas que operen modelos de distribución a través de las Zonas Francas de los EAU deberían considerar:

  • Confirmar si sus actividades entran dentro del ámbito de las actividades de distribución cualificadas.

  • Revisar la documentación conservada en relación con los clientes, los movimientos de existencias y los acuerdos de la cadena de suministro.

  • Evaluar si los procesos actuales recogen la información que se requerirá para la revisión del auditor.

  • Contactar con los auditores con suficiente antelación para comprender el alcance, los plazos y las implicaciones prácticas del nuevo requisito de Informe de Procedimientos Acordados (AUP).

  • Identificar cualquier deficiencia en la documentación o en los procedimientos antes del cierre del ejercicio financiero 2026.

Perspectiva Fiscal de Altair

La introducción del Informe de Procedimientos Acordados (AUP) refleja el creciente enfoque de la FTA en la acreditación del cumplimiento del régimen del Impuesto sobre Sociedades de las Zonas Francas. El principal desafío para los contribuyentes no será simplemente cumplir con las condiciones de cualificación, sino demostrar dicho cumplimiento mediante registros adecuados, documentación y procesos listos para ser auditados.

Para los períodos impositivos que comiencen en 2026, las empresas que tengan la intención de aplicar el tipo del 0 % del Impuesto sobre Sociedades a las actividades de distribución cualificadas deben revisar de forma proactiva sus procedimientos internos y su marco documental. La preparación temprana resultará fundamental para garantizar un proceso de cumplimiento fluido y evitar posibles contingencias cuando venza la obligación de declaración.

Si su empresa opera un modelo de distribución a través de una Zona Franca de los EAU, nuestro equipo puede asistirle en la evaluación del impacto de los nuevos requisitos, la revisión de los procedimientos existentes y la preparación para las próximas obligaciones de cumplimiento fiscal.

La Autoridad Fiscal Federal de los EAU ha emitido la Decisión n.º 6 de 2026, por la que se introducen procedimientos de conformidad adicionales para las Personas de Zonas Francas Cualificadas que realicen actividades de distribución cualificadas.

Si bien la Decisión no modifica la aplicabilidad del régimen del 0 % del Impuesto sobre Sociedades para las rentas de distribución cualificadas, introduce un nuevo requisito de información que las empresas afectadas deben cumplir a fin de respaldar su derecho al tratamiento fiscal preferencial.

¿Qué cambios se introducen?

Bajo el nuevo marco, las Personas de Zonas Francas Cualificadas (QFZP, por sus siglas en inglés) que realicen actividades de distribución cualificadas deberán obtener un Informe de Procedimientos Acordados (AUP, por sus siglas en inglés) elaborado por un auditor independiente.

El objetivo de dicho informe es verificar el cumplimiento de las condiciones aplicables a las actividades de distribución cualificadas, incluidos los requisitos de cualificación de los clientes y el movimiento de mercancías a través de una Zona Designada. El auditor deberá aplicar los procedimientos específicos prescritos por la Autoridad Fiscal Federal (FTA, por sus siglas en inglés) y emitir un informe basado en sus conclusiones.

Esto representa una obligación de conformidad adicional para las empresas que pretendan beneficiarse del tipo del 0 % del Impuesto sobre Sociedades sobre las rentas de distribución cualificadas.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo requisito?

Las nuevas normas se aplicarán a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2026.

Por consiguiente, los contribuyentes cuyos períodos de declaración coincidan con el año natural deberán cumplir por primera vez con estos requisitos respecto del ejercicio fiscal que finaliza el 31 de diciembre de 2026.

Aunque la primera obligación de declaración pueda parecer lejana, las empresas deben aprovechar el ejercicio 2026 para evaluar si su documentación actual y sus procesos operativos les permitirán cumplir de manera eficiente con los nuevos requisitos.

Una nueva obligación de presentación

El Informe de Procedimientos Acordados (AUP) debe presentarse ante la FTA en el plazo de un mes a partir de la fecha de vencimiento de la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente, a menos que la Autoridad especifique un plazo diferente.

Esto genera, de forma efectiva, una obligación de conformidad posterior a la presentación para los contribuyentes afectados, la cual debe incorporarse a los calendarios anuales de cumplimiento fiscal y a los procedimientos de gobernanza corporativa.

No respaldar adecuadamente las actividades de distribución cualificadas puede poner en riesgo el acceso del contribuyente a los beneficios del Impuesto sobre Sociedades de la Zona Franca.

¿Qué deben hacer las empresas ahora?

Las empresas que operen modelos de distribución a través de las Zonas Francas de los EAU deberían considerar:

  • Confirmar si sus actividades entran dentro del ámbito de las actividades de distribución cualificadas.

  • Revisar la documentación conservada en relación con los clientes, los movimientos de existencias y los acuerdos de la cadena de suministro.

  • Evaluar si los procesos actuales recogen la información que se requerirá para la revisión del auditor.

  • Contactar con los auditores con suficiente antelación para comprender el alcance, los plazos y las implicaciones prácticas del nuevo requisito de Informe de Procedimientos Acordados (AUP).

  • Identificar cualquier deficiencia en la documentación o en los procedimientos antes del cierre del ejercicio financiero 2026.

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UNA FIRMA INDEPENDIENTE DE ASESORAMIENTO FISCAL, RECONOCIDA POR LA CALIDAD DE SU CRITERIO.

© 2026 Altair Tax Boutique LLC-FZ.
Todos los derechos reservados.

Altair™ es la marca utilizada por Altair Tax Boutique LLC-FZ para la prestación de sus servicios profesionales. Altair Tax™ identifica su actividad de asesoramiento fiscal. Altair™, Altair Tax™, así como sus nombres, logotipos y demás elementos de marca, son signos distintivos de Altair Tax Boutique LLC-FZ y no podrán utilizarse sin autorización previa y por escrito.
El contenido de este sitio web se facilita exclusivamente con fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal, jurídico, contable, financiero ni de ninguna otra naturaleza profesional. El uso de este

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